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Cali: más recursos para el Distrito en el 2024

Una noticia muy importante para los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio (ICA) del Distrito es la firma de la nueva resolución expedida por el Departamento Administrativo de Hacienda, que define los grandes contribuyentes de este tributo para el año 2024.

“Hoy hemos emitido la Resolución 470 de 2023 a través de la cual nombramos como grandes contribuyentes a 1200 personas nuevas; con eso quedamos en 2418 que, a partir del primer bimestre de 2024, tendrán la obligación de presentar su declaración de manera bimestral”, anunció el subdirector de Impuestos y Rentas del Distrito, Diego Fernando López Cardona.

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Por actualización de los servicios digitales, se amplía plazo para presentar Impuesto de Renta.

Comunicado de Prensa No. 066

Bogotá, D.C., 22 de septiembre de 2023

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informa que, por actualización de sus sistemas, pueden presentarse intermitencias hoy en los servicios digitales tributarios, aduaneros y cambiarios a nivel nacional. En consecuencia, y de conformidad con la certificación emitida por la Dirección de Gestión de Innovación y Tecnología, se declara situación de contingencia. 

Es decir, los contribuyentes que tenían plazo hasta el 22 de septiembre de 2023 para presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios para personas naturales tendrán plazo hasta el lunes 25 de septiembre de 2023. 

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Nuevos obligados a presentar declaraciones de renta a través de los servicios informáticos de la DIAN

Resolución No. 000139 DIAN

ARTÍCULO 1. MODIFICAR el numeral 14 del artículo 1 de la Resolución 12761 de 2011, el cual quedará así:

“14. Los representantes, revisores fiscales y contadores de los obligados a presentar las declaraciones de manera virtual señalados en el presente articulo”.

ARTÍCULO 2. ADICIONAR el numeral 15 al artículo 1 de la Resolución 12761 de 2011, el cual quedará así:

“15. Las personas naturales y sucesiones iliquidas obligadas a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario y aquellas que lo hagan de manera voluntaria en los términos del parágrafo del articulo 6 del Estatuto Tributario.”.

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PR. Por la cual se reglamenta el procedimiento, plazos, condiciones y requisitos para los sorteos del Premio Fiscal vigencia 2023: “LA FACTURA ELECTRÓNICA ME PREMIA”.

GENERALIDADES, CONDICIONES Y REQUISITOS   

Artículo 1. Objetivo. Establecer las condiciones, requisitos, procedimiento y plazos para la realización de los sorteos del Premio Fiscal 2023, denominado “LA FACTURA ELECTRÓNICA ME PREMIA”. 

Artículo 2. Participantes. Podrán participar en los sorteos “LA FACTURA ELECTRÓNICA ME PREMIA”, las personas naturales que durante el periodo establecido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN soliciten,

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Se levanta contingencia para obligados a reportar en el Registro Único de Beneficiarios Finales-RUB.

Comunicado de Prensa No. 057

  • De acuerdo con la medida, hasta el 15 de septiembre de 2023 se podrá realizar el registro de la información.

Bogotá D.C., de septiembre de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informa que  de acuerdo con lo establecido en el artículo 19 de la Resolución 164 de 2021, modificada por la Resolución 1240 de 2022, se levanta la contingencia certificada el pasado 31 de julio de 2023 para los obligados a suministrar la información en el Registro Único de Beneficiarios Finales -RUB- cuyo plazo era hasta el 31 de julio de 2023. Lo anterior, con base en la certificación emitida por la Subdirección de Soluciones y Desarrollo.

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Proyecto de Resolución

Por la cual se desarrolla el sistema de facturación, los proveedores tecnológicos, se adopta la versión 1.9 del anexo técnico de factura electrónica de venta, se expide el anexo técnico 1.0 del documento equivalente electrónico

y se dictan otras disposiciones en materia del sistema de facturación.

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución del 8 al 17 de septiembre de 2023, unicamente a través del siguiente buzón de correo electrónico: piloto_sistema_facturacion@dian.gov.co

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Procedimiento tributario. Intereses moratorios

CONCEPTO 13463 [1253] DE 2023

<Publicado en la página web de la DIAN: 31 de agosto de 2023>

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

En atención a lo anterior, se confirma la doctrina plasmada en el Oficio No. 004103 <sic, 1403> del 18 de enero de 2019 y se precisa su alcance así:

  1. En el caso de las correcciones de las declaraciones provocadas por la Administración, de acuerdo con el artículo 590del Estatuto Tributario, la tasa de interés aplicable por concepto de retardo en el pago será el interés bancario corriente certificado por la Superintendencia Financiera de Colombia para la modalidad de créditos de consumo y ordinario, más dos (2) puntos porcentuales vigente al momento del pago.
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El 7 de septiembre inician los vencimientos para el Régimen Precios de Transferencia, año gravable 2022 y fracción 2023

Información a los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia.

La Subdirección Operativa de Fiscalización y Liquidación Internacional informa a los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia, que:

1)    Los plazos establecidos para presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia y el Informe Local de la Documentación Comprobatoria año gravable 2022 y fracción 2023, inician el 7 de septiembre hasta el 20 de septiembre de 2023. (Artículos 1.6.1.13.2.28 y 1.6.1.13.2.29 del Decreto 1625 Único Reglamentario en Materia Tributaria modificado por el Decreto 2487 del 16 de diciembre de 2022).

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Nueva versión Sistema SYGA Importaciones

El 28 de agosto vence el plazo para hacer pruebas de migración

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- informa a los usuarios aduaneros que el Sistema SYGA Importaciones tendrá una nueva versión la cual saldrá a producción una vez culmine el plazo ampliado a los operadores para ingresar al piloto de pruebas de migración, con el fin de que estos puedan realizar la configuración de sus propios sistemas y que finaliza el próximo 28 de agosto de 2023.

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La Subdirección de Gestión de Fiscalización Internacional informa a los contribuyentes obligados al régimen de precios de transferencia el procedimiento para cumplir sus obligaciones, así:

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informa a todos los usuarios obligados al régimen de precios de transferencia, que ya se encuentra disponible el prevalidador de precios de transferencia – formato 1125 y los sistemas informáticos para el cargue del archivo XML y documentación comprobatoria, así como la Declaración de Precios de Transferencia – formato 120, correspondiente a los vencimientos del año gravable 2022

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DIAN compiló doctrina oficial de la Ley 2277 de 2022

De conformidad con el artículo 56 del Decreto 1742 de 2020 y mediante el presente documento (1ª versión), la Subdirección de Normativa y Doctrina se permite compilar la doctrina oficial emitida sobre la Ley 2277 de 2022 en aras de facilitar su búsqueda y consulta; documento que, en todo caso, no sustituye la doctrina compilada.

Para facilitar la consulta de la ciudadanía de la doctrina emitida sobre la reforma tributaria, Ley 2277 de 2022, la DIAN recopiló en una primera versión de 132 páginas dicha información.

Contenido

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En segunda sesión de la Corte Constitucional, DIAN reitera impacto fiscal por deducción de regalías en impuesto sobre la renta.

Bogotá, D.C., 4 de agosto de 2023.

Hoy tendrá lugar la segunda audiencia pública de la Corte Constitucional para escuchar los distintos argumentos expuestos en los procesos de constitucionalidad que se presentaron contra el parágrafo 1 (parcial) del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022  (Reforma Tributaria para la igualdad y la justicia social). En esta jornada la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- espera poder argumentar la diferencia de cómo es la deducción cuando las regalías se pagan en especie y cómo cuando se pagan en dinero en efectivo. 

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Sentencia 26676 del Consejo de Estado, que anula la doctrina oficial de la DIAN en lo referente al entendimiento del límite de 100 UVT de los “pagos individuales” establecido en el artículo 771-5 del Estatuto Tributario.

Anular parcialmente los oficios 0935 del 25 de julio de 2018 y 1275 del 31 de julio de 2018, expedidos por la DIAN, en lo relativo a la aplicación del límite de 100 UVT a los pagos realizados por personas jurídicas y las personas naturales que perciban rentas no laborales, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia

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Prepárese para presentar la Declaración de Renta año gravable 2022.

Comunicado de Prensa No. 046

Listas las herramientas para que declare renta, encuéntrelas en: https://micrositios.dian.gov.co/renta-personas-naturales-ag-2022/

Conozca el nuevo proceso de habilitación de cuenta e ingreso a la sesión de usuario de los servicios en línea y recuperar su contraseña de acceso.

Bogotá, D.C., 27 de julio de 2023.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- habilitó las herramientas necesarias para facilitarle a cerca de 4.8 millones de ciudadanos, la presentación del impuesto de renta para personas naturales año gravable 2022 y así puedan cumplir oportunamente con esta obligación.

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Devolución de saldos a favor – Figura de contrato de mandato

Concepto 9448 de 2023 DIAN

(Tributario) (Int 1046) Devolución de saldos a favor – Figura de contrato de mandato – Se reconsidera el Oficio 001233 de julio 16 de 2018

Teniendo en cuenta que el Oficio DIAN No. 1233 del 16 de julio de 2018, tuvo como fundamento el Concepto de la Superintendencia Financiera de Colombia nro. 2011041434-001 del 18 de julio de 2011, a través del cual se indicó que las entidades bancarias están autorizadas para la apertura de cuentas corrientes o de ahorro a nombre de extranjeros no residentes, precisar que la Junta Directiva del Banco de la República mediante concepto JDS-16231 del 23 de julio de 2015, aclaró con alusión al concepto de la Superintendencia Financiera citado anteriormente que “no se encuentran incluidos dentro de los ingresos permitidos en las cuentas en moneda legal de los no residentes, los correspondientes a las devoluciones de impuestos”, por lo que en estos casos sí se podría actuar bajo la figura de contrato de mandato. (subrayado fuera de texto)

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Se levanta contingencia para reporte de información exógena del impuesto de Industria y Comercio

Tras retornar la estabilidad en el sistema, el lunes, 24 de julio, iniciará el nuevo cronograma de plazos para todos los reportantes, según el último dígito del documento de identificación.

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) levantó este viernes, 21 de julio, la contingencia para el reporte de información exógena del impuesto de Industria y Comercio, luego de recibir el informe de la Dirección de Informática y Tecnología que certifica la superación de la intermitencia presentada en el servicio al inicio de los vencimientos.

De esta manera, de acuerdo con la Resolución N.° DDI-022332 del 21 de julio de 2023, los vencimientos escalonados para reportar la información en Bogotá comenzarán a partir de este lunes, 24 de julio, según el último número de identificación (cédula o NIT).  Las nuevas fechas quedan así:

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Hacienda declara contingencia para reporte de información exógena del impuesto de Industria y Comercio

La contingencia se declaró debido a los inconvenientes con el cargue de información

Debido a los inconvenientes técnicos reportados por la Dirección de Informática y Tecnología, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) declara la contingencia para los vencimientos del reporte de información en medios magnéticos, que comenzaban este lunes 17 de julio. 

“Durante el día de hoy hemos recibido 30.181 archivos en la plataforma de SiCapital de medios magnéticos. No obstante, reportan en redes sociales que algunos contribuyentes han tenido dificultades para hacer el cargue de su información en la plataforma. En este momento trabajamos para que dichos incidentes sean atendidos al 100%, pero aún no tenemos el tiempo exacto para resolverlos antes de que el día termine”, explica el informe. 

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DIAN amplia plazo a Organismos de Acción Comunal para suministrar información del Registro Único de Beneficiarios Finales-RUB.

Comunicado de Prensa No. 043

Juntas de Acción Comunal, Federaciones, Asociaciones y Confederaciones se pueden acoger a este plazo que otorga la entidad.

Bogotá, D.C., 15 de julio de 2023.

Mediante la Resolución 000108 del 14 de julio de 2023, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- amplió el plazo hasta el 31 de julio de 2024 para que los organismos de Acción Comunal (Juntas, Federaciones, Asociaciones, Confederaciones), constituidas a 31 de mayo de 2024, suministren a la entidad la información del Registro Único de Beneficiarios Finales -RUB. Los organismos de acción comunal que sean constituidos a partir del 1° de junio de 2024, deberán hacerlo a más tardar dentro de los dos (2) meses siguientes a la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT.

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31 de julio de 2023: Último plazo para realizar el reporte de Beneficiarios Finales RUB.

Comunicado de Prensa No. 042

La implementación del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) es un compromiso de Colombia y sus empresas con la transparencia del país.

La información y las herramientas para hacer el reporte, lo encuentra en: https://www.dian.gov.co/impuestos/RUB/Paginas/Inicio.aspx

Bogotá, D.C., 13 de julio de 2023 (#ConTransparenciaSePuede #RUB)

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, recuerdan a los contribuyentes obligados a reportar información en el Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), que el próximo 31 de julio vence el plazo para cumplir con este requisito.

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