Regalías – Ley 2277 de 2022

ARTICULO 115. DEDUCCIÓN DE IMPUESTOS PAGADOS Y OTROS. Es deducible el cien por ciento (100%) de los impuestos, tasas y contribuciones, que efectivamente se hayan pagado durante el año o periodo
gravable por parte del contribuyente, que tengan relación de causalidad con su actividad económica,
con excepción del impuesto sobre la renta y complementarios.